Los grados de dependencia establecen el nivel de autonomía de una persona para realizar las tareas básicas de su vida diaria
La conocida como Ley de Dependencia lleva vigente en nuestro país desde el año 2006 y vela por la igualdad y la promoción de la autonomía personal de las personas que se encuentran en situación de dependencia. La circunstancia de dependencia es definida por la propia ley como «el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria».
Al mismo tiempo, la ley contempla como actividades básicas las que se recogen en su artículo 2.3 y que son aquéllas que permiten a la persona desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia. Actividades como como el cuidado y aseo personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas.
Cómo reconocer la situación de dependencia
Para reconocer la situación de dependencia de una persona, así como el grado de la misma, es necesario solicitar una evaluación por parte de los Servicios Sociales. Aquí podrás descargarte el modelo de solicitud de la evaluación de la dependencia.
Para la solicitud es necesario también presentar la siguiente documentación:
- Copia del DNI de la persona solicitante, o en su caso, de su representante legal.
- Certificado de empadronamiento de la persona solicitante.
Valoración de los grados de dependencia
De esta manera, después de solicitarlo, la persona será valorada por un equipo de profesionales, que estimará si se encuentra o no en situación de dependencia, y en caso afirmativo, establecerá el grado de dependencia. Existen tres grados de dependencia, gran dependencia o grado III, dependencia severa o grado II y dependencia moderada o grado I.
Para calcular el grado de dependencia, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía ofrece una herramienta digital para calcular de forma aproximada la situación de dependencia, dejando claro que este método no sustituye en ningún caso la valoración realizada por los profesionales.
Qué implica cada grado
En función del grado de dependencia se asignan una serie de prestaciones económicas y servicios. Éstos se establecen según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica personal. Por ejemplo, en los servicios de ayuda a domicilio, se estipulan de 65 a 94 horas mensuales para situaciones de dependencia de grado III, entre 38 y 64 horas mensuales para el grado II y entre 20 y 37 horas mensuales para el grado I.
En cuanto a las prestaciones económicas, éstas se orientan de forma periódica para financiar los gastos del servicio de atención residencial, atención diurna o ayuda a domicilio, quedando unas cuantías de entre 429 y 747,25 euros mensuales para los grados II y III, y de 313,50 euros mensuales para el grado I.
Existen otros servicios que la ley contempla pero que todavía tienen escasa aplicación, al menos en la comunidad andaluza, como es la figura de la Asistencia Personal, de la que tan sólo disfrutan 11 personas en toda Andalucía.